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Introducción


    La ayuda a vivienda autopromovida es una actuación de la Comunidad Autónoma, destinada a financiar la construcción de una vivienda unifamiliar, siendo el promotor de la misma, el propio interesado que solicita la ayuda.

Podemos encontrar diferentes tipos de vivienda autopromovida:

    Unifamiliar aislada

    Unifamiliar pareada

    Unifamiliar entre medianeras

    Unifamiliar encimada (sobre otra vivienda, o local)

    Demolición de edificio, manteniendo la fachada

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Ayudas


    Esta ayuda consta de dos subvenciones diferentes y complementarias:

    Una de 15.000 € para financiar los gastos de construcción de la vivienda, que recibe el interesado, y

    Otra de 6.000 € destinada a financiar los gastos de trámites administrativos así como los honorarios por la redacción del proyecto y su ejecución, estudio y coordinación de seguridad y salud laboral tanto del arquitecto como del aparejador.

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Requisitos


    Para poder ser beneficiario de la ayuda, existe un límite en los m2 útiles que como máximo, puede tener la vivienda:

  General    Discapacidad     Familia Numerosa  
Vivienda  90 m2  108 m2 120 m2
Garage  25 m2   60% del precio máximo de la vivienda 



    El promotor que pide la ayuda, tiene que ser titular de un solar, o tener el derecho de vuelo sobre una superficie.

    Debe tratarse de tu primer acceso a la vivienda y los ingresos no pueden superar en 3,5 veces el IPREM, debiendo ser superiores a 1/12 parte del precio de la vivienda.

    Tienes que haber estado empadronado y residiendo un mínimo de 2 años en el municipio dónde se encuentra el terreno a edificar. (Salvo que seas un emigrante extremeño, que decidas regresar a Extremadura).

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Procedimiento


    Se inicia mediante la entrega junto con la solicitud correspondiente de toda la documentación requerida. Se puede descargar del siguiente enlace:

http://fomento.juntaex.es/agencia/live/vivienda/plan-viviendasuelo/viviendas-nueva-construccion/viviendas-autopromovidas/solicitud.html

    Una vez notificada la resolución, dispones de un plazo de 6 meses para presentar la solicitud de calificación provisional (proyecto de la obra), y si se aprueba, se empieza a tramitar el abono del 40% de la ayuda.

    Una vez finalizada la obra (plazo de 20 meses con posibilidad de prórroga), se solicita la calificación definitiva , y con el visto bueno de los técnicos que inspeccionarán la obra, se tramita el 60% restante.

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¿Sabías que...?


    De entre los documentos que se requieren para poder solicitar esta vivienda, se encuentran los siguientes que pueden plantear más duda:

    Certificado del REGISTRO DE LA PROPIEDAD dónde se sitúa la vivienda, que acredite que el/los solicitantes de la ayuda a la autopromoción, no tienen vivienda en propiedad. Y también en su caso, que sois propietarios del solar o beneficiarios de un derecho de vuelo (para poder construir encima de una vivienda), donde se va a construir la vivienda.

    En el caso de que se trate de una cesión del derecho de vuelo de padres a hijos, es suficiente entregar un documento privado que certifique la cesión de dicho derecho, junto con la Nota simple del registro de la propiedad que acredite quién es el titular de la vivienda sobre la que se va a edificar.

    Será necesario también, un Certificado de LA OFICINA CATASTRAL que haga constar los bienes inmuebles (vivienda, terreno, locales etc) que se poseen un CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO del Ayuntamiento donde se encuentra el terreno a edificar, (salvo emigrantes extremeños).

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Normativa



D.33/2006 de 21 de Febrero (D.O.E. 28 febrero)

D.338/2007, de 28 de Diciembre (D:O:E: 18 Enero) Modifica al anterior.

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