Introducción
La ayuda a vivienda autopromovida es una actuación de la Comunidad
Autónoma, destinada a financiar la construcción de una vivienda unifamiliar,
siendo el
promotor de la misma, el propio interesado que solicita la ayuda.
Podemos encontrar diferentes tipos de vivienda autopromovida:
Unifamiliar aislada
Unifamiliar pareada
Unifamiliar entre medianeras
Unifamiliar encimada (sobre otra vivienda, o local)
Demolición de edificio, manteniendo la fachada
Ayudas
Esta ayuda consta de dos subvenciones diferentes y complementarias:
Una de 15.000 € para financiar los gastos de construcción de la vivienda,
que recibe el interesado, y
Otra de 6.000 € destinada a financiar los gastos de trámites administrativos
así como los honorarios por la redacción del proyecto y su ejecución, estudio y
coordinación de seguridad y salud laboral tanto del arquitecto como del aparejador.
Requisitos
Para poder ser beneficiario de la ayuda, existe un límite en los m2 útiles que
como máximo, puede tener la vivienda:
| General |
Discapacidad |
Familia Numerosa |
| Vivienda |
90 m2 |
108 m2 |
120 m2 |
| Garage |
25 m2 |
60% del precio máximo de la vivienda |
El promotor que pide la ayuda, tiene que ser titular de un solar, o tener el
derecho de vuelo sobre una superficie.
Debe tratarse de tu primer acceso a la vivienda y los ingresos no pueden
superar en 3,5 veces el IPREM, debiendo ser superiores a 1/12 parte del precio de la
vivienda.
Tienes que haber estado empadronado y residiendo un mínimo de 2 años en
el municipio dónde se encuentra el terreno a edificar. (Salvo que seas un emigrante
extremeño, que decidas regresar a Extremadura).
Procedimiento
Se inicia mediante la entrega junto con la solicitud correspondiente de toda
la documentación requerida. Se puede descargar del siguiente enlace:
http://fomento.juntaex.es/agencia/live/vivienda/plan-viviendasuelo/viviendas-nueva-construccion/viviendas-autopromovidas/solicitud.html
Una vez notificada la resolución, dispones de un plazo de 6 meses para presentar
la solicitud de
calificación provisional (proyecto de la obra), y si se aprueba,
se empieza a tramitar el abono del 40% de la ayuda.
Una vez finalizada la obra (plazo de 20 meses con posibilidad de prórroga),
se solicita la
calificación definitiva , y con el visto bueno de los técnicos que inspeccionarán
la obra, se tramita el 60% restante.
¿Sabías que...?
De entre los documentos que se requieren para poder solicitar esta vivienda,
se encuentran los siguientes que pueden plantear más duda:
Certificado del REGISTRO DE LA PROPIEDAD dónde se sitúa la vivienda,
que acredite que el/los solicitantes de la ayuda a la autopromoción, no tienen
vivienda en propiedad. Y también en su caso, que sois propietarios del solar o beneficiarios
de un derecho de vuelo (para poder construir encima de una vivienda),
donde se va a construir la vivienda.
En el caso de que se trate de una cesión del derecho de vuelo de padres a hijos,
es suficiente entregar un documento privado que certifique la cesión de dicho derecho,
junto con la
Nota simple del registro de la propiedad que acredite quién es el
titular de la vivienda sobre la que se va a edificar.
Será necesario también, un Certificado de LA OFICINA CATASTRAL que
haga constar los bienes inmuebles (vivienda, terreno, locales etc) que se poseen un
CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO del Ayuntamiento donde se
encuentra el terreno a edificar, (salvo emigrantes extremeños).
Normativa
D.33/2006 de 21 de Febrero (D.O.E. 28 febrero)
D.338/2007, de 28 de Diciembre (D:O:E: 18 Enero) Modifica al anterior.
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